1 - RÉGIMEN SIMPLIFICADO: Con carácter general se aplica a los sujetos que cumplan las siguientes características:
a) que sean personas físicas o entidades en régimen de atribución de rentas cuyos miembros sean todos personas físicas.
b) que no superen los límites establecidos por el Ministerio de Economía y Hacienda en cuanto a personas empleadas y nº de vehículos.
c) que realice las actividades establecidas por el Ministerio de Economía y Hacienda.
d) que el volumen de ingresos en el año anterior no supere 450000 € anuales.
e) que el volumen de las adquisiciones e importaciones de bienes y servicios para el conjunto de sus actividades en el año anterior, excluidos los elementos del inmovilizado, no superen 300000 € anuales, excluido el IVA.
2 - RÉGIMEN ESPECIAL DE RECARGO DE EQUIVALENCIA: Es un régimen especial aplicable exclusivamente a las operaciones de compraventa realizadas por comerciantes minoristas que sean personas físicas o entidades de atribución de rentas en el IRPF.
3 - RÉGIMEN ESPECIAL DE AGRICULTURA GANADERÍA Y PESCA: es un régimen voluntario aplicable a los titulares de explotaciones ganaderas o pesqueras que cumplan las siguientes condiciones:
a) que sean personas físicas
b) que no hayan facturado el año anterior más de 300000.
4 - RÉGIMEN ESPECIAL DE LOS BIENES USADOS, OBJETOS DE ARTE, ANTIGÜEDADES Y OBJETOS DE COLECCIÓN: se aplica a los revendedores de bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección.
5 - RÉGIMEN ESPECIAL DE LAS AGENCIAS DE VIAJES: se aplica en las operaciones que realizan en su nombre las agencias cuando los viajeros utilizan bienes y servicios prestados por otros en sus viajes.
6 - RÉGIMEN ESPECIAL DE LAS OPERACIONES CON ORO DE INVERSIÓN: consiste en la exención del IVA para las entregas, adquisiciones intracomunitarias e importaciones de oro de inversión.
7 - RÉGIMEN ESPECIAL APLICABLE A LOS SERVICIOS PRESTADOS POR VÍA ELECTRÓNICA: a este régimen especial pueden acogerse los empresarios y profesionales no establecidos en la Unión Europea que presten sus servicios electrónicos a personas que no sean empresarios y profesionales y que estén establecidos en la Unión Europea.
8 - RÉGIMEN ESPECIAL DEL GRUPO DE ENTIDADES: pueden aplicar este régimen especial los empresarios o profesionales que formen parte de un grupo de entidades.
miércoles, 29 de junio de 2011
jueves, 9 de junio de 2011
ENCUESTA SOPORTE TÉCNICO COC SL
Enlace para realizar la encuesta sobre el grado de satisfacción con el servicio de Soporte Técnico:
Pulsa aquí para contestar una encuesta
Pulsa aquí para contestar una encuesta
jueves, 2 de junio de 2011
martes, 31 de mayo de 2011
Pirámide de Maslow
La Pirámide de Maslow, o jerarquía de las necesidades humanas, es una teoría psicológica propuesta por Abraham Maslow en su obra: Una teoría sobre la motivación humana(en inglés, A Theory of Human Motivation) de 1943, que posteriormente amplió. Maslow formula en su teoría una jerarquía de necesidades humanas y defiende que conforme se satisfacen las necesidades más básicas (parte inferior de la pirámide), los seres humanos desarrollan necesidades y deseos más elevados (parte superior de la pirámide).
miércoles, 25 de mayo de 2011
COMUNICACIÓN
COMUNICACIÓN PASIVA: Es aquel estilo de comunicación propio de personas que evitan mostrar sus sentimientos o pensamientos por temor a ser rechazados o incomprendidos o a ofender a otras personas. Infravaloran sus propias opiniones y necesidades dando un valor superior a las de los demás.
COMUNICACIÓN AGRESIVA: Este estilo de comunicación se sitúa en un plano opuesto a la pasividad, y se caracteriza por la sobrevaloración de las opiniones y sentimientos personales, obviando o incluso despreciando los de los demás.
COMUNICACIÓN ASERTIVA: Es aquel estilo de comunicación abierto a las opiniones ajenas, dándoles la misma importancia que a las propias. Parte del respeto hacia los demás y hacia uno mismo, planteando con seguridad y confianza lo que se quiere, ignorando que la postura de los demás no tiene por qué coincidir con la propia e intentando producir conflictos de forma directa, abierta y honesta. El diálogo tiene que cumplir los siguientes requisitos:
- Describir los hechos concretos
- Manifestar nuestros sentimientos y pensamientos.
- Pedir de forma concreta y operativa lo que queremos que haga.
- Especificar las consecuencias.
martes, 24 de mayo de 2011
Suscribirse a:
Entradas (Atom)